SECRETARÍA DE SALUD DEPARTAMENTAL

Proceso de Asignación de Plazas Servicio Social Obligatorio 19 Julio de 2016

La Secretaria de Salud del Atlántico en cumplimiento de la Resolución 2358 de 2014 del Ministerio de Salud avisa a  los profesionales del área de MEDICINA, ENFERMERIA, ODONTOLOGIA y BACTERIOLOGIA que aspiren a realizar el servicio social obligatorio,  que el Ministerio de Salud  realizará un PROCESO DE ASIGNACION NACIONAL DE PLAZAS el 19 de Julio de 2016 que incluye las plazas que se indican en el siguiente enlace: http://bit.ly/28Sp2d6

Requisitos:
 
1.    Los profesionales interesados en participar en proceso de asignación de plazas podrán inscribirse a través de la página web www.minsalud.gov.co haciendo uso de la herramienta que se activará en la fecha de inicio de inscripciones, la cual estará disponible en el siguiente enlace: http://www.minsalud.gov.co


2.    La inscripción es gratuita y no requiere de intermediarios.


3.    Las inscripciones estarán abiertas entre las 8:00 a.m. del 27 de Junio 2016 y las 5:00 p.m. del 06 de Julio 2016.


4.    La información diligenciada en el formulario dispuesto en la página web, así como sus documentos soporte, son responsabilidad única del aspirante. Si existen inconsistencias entre la información diligenciada y los soportes, la inscripción será Rechazada y en consecuencia el aspirante no podrá participar en el proceso de asignación de plazas ni podrá reclamar exoneración por este motivo.


5.    Si las Direcciones Departamentales de Salud en el proceso de validación documental, evidencian falsedad en la información suministrada por el aspirante, se aplicará lo dispuesto en la Ley 599 de 2000, en las Resoluciones 1058 de 2010, 2358 de 2014 y demás disposiciones legales vigentes.


6.    Cada profesional realizará UNA sola inscripción al proceso de asignación.


7.    Conforme a lo establecido en la Resolución 2358 de 2014, durante el proceso de asignación se tendrán en cuenta las siguientes condiciones de prioridad de los profesionales. Para soportar dicha situación, el profesional deberá adjuntar:
•    Raizal: Certificación expedida por la OCRE.
•    Indígena: Certificación del cabildo indígena del cual pertenecen.
•    Madre o Padre cabeza de familia: Declaración extrajuicio indicando que se encuentra en tal condición.
•    Mujer lactante: Registro civil de nacimiento del menor para probar que se encuentra en el periodo de 6 meses posterior al parto, o certificación medica donde conste la necesidad de lactar del menor.
•    Mujer en estado de embarazo: Certificación expedida por la EPS donde se encuentra afiliada para demostrar el embarazo.
•    Víctimas del conflicto armado: el Ministerio de Salud y Protección Social validará dicha condición con el Registro Único de víctimas.
•    Discapacitados: Certificación médica expedida por la EPS o dictamen de pérdida de capacidad laboral y determinación de invalidez expedida por la Junta Nacional o regional de calificación de invalidez.


8.    Cada profesional, de acuerdo a su preferencia, debe ubicar los Departamentos del país, en donde desea prestar su Servicio Social Obligatorio y exista al menos una plaza disponible para el proceso de asignación.
Los participantes al momento de la inscripción deben seleccionar 5 plazas de las ofertadas, para indicar su preferencia por ellas. De igual modo deben organizar los 32 departamentos de mayor a menor según su preferencia de ser asignados a alguno de ellos, siendo el primero, aquel que le genere mayor interés y así en forma descendente hasta el numero 32. Si no son priorizados por el profesional, el aplicativo de asignación tomara el orden alfabético establecido.


9.    Los documentos necesarios para iniciar el trámite son los siguientes y deben estar en formato "PDF", su tamaño no puede exceder los 4MB y deben ser legibles:
•    Cédula de ciudadanía, cédula de extranjería escaneada por las dos caras en la misma página.
•    Diploma de grado.
•    Acta de grado.
•    Si el título se obtuvo en el exterior, la resolución de convalidación del Ministerio de Educación Nacional.
•    De no estar graduado, certificación de la Institución de Educación Superior donde se exprese el compromiso de grado en una fecha previa al 1 de agosto de 2016. (dicha certificación debe de ser firmada por el Decano de la Facultad o Director de Registro de la entidad Universitaria)
•    Documento que soporte la condición de prioridad de acuerdo a lo señalado anteriormente.

10.     Conforme a lo señalado en la Resolución 2358 de 2014, “No podrán inscribirse egresados de los programas de formación superior en medicina, enfermería, odontología y bacteriología, que hayan cumplido el Servicio Social Obligatorio -SSO- o que se encuentren prestándolo bajo cualquier modalidad. Tampoco podrán inscribirse en el nuevo proceso, quienes hayan renunciado a la plaza ya asignada o a quienes se les asignó plaza en uno de los dos procesos inmediatamente anteriores y no la hayan ocupado, salvo que exista justificación de fuerza mayor o caso fortuito debidamente sustentado y aprobado por las Direcciones Departamentales de Salud o quien haga sus veces y la Secretaría de Salud de Bogotá”.


11.    El profesional que decida anular su inscripción lo podrá realizar hasta el 05 de julio de 2016, a las 5:00 PM, con el objeto de poderlo habilitar para realizar un nuevo proceso si esa es su decisión. No se realizarán modificaciones extemporáneas.

El Ministerio de Salud y Protección Social ha dispuesto una mesa de ayuda en la que los aspirantes podrán plantear sus inquietudes a través de la línea gratuita nacional 018000960020 opción 1,
En Bogotá D.C. al 5893750 opción 1, o bien, mediante correo electrónico a la cuenta: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., que estará disponible en los siguientes horarios:
De lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m. y los sábados de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. Jornada continua.

Nota:

Se debe tener en cuenta que la inscripción en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (ReTHUS) y la expedición de la tarjeta de identificación para los profesionales en medicina, enfermería y bacteriología, lo realizará el Colegio Profesional correspondiente. Para los profesionales en Odontología, se realizará de acuerdo a los procedimientos y normas vigentes.

Para los profesionales en medicina, enfermería y bacteriología que no resulten con plaza asignada, a través de este mecanismo se entenderá que han cumplido con el servicio social obligatorio y podrán solicitar su inscripción en el ReTHUS y la expedición de la tarjeta profesional ante el Colegio profesional correspondiente. Dentro de los tiempos establecidos en la norma vigente. Esta situación será verificada directamente por el Colegio en las actas y listados que resulten de cada proceso de asignación.

Los profesionales en odontología que resulten sin plaza asignada, podrán solicitar el acto administrativo de autorización del ejercicio profesional y su inscripción en el ReTHUS ante la Dirección Departamental de Salud de su domicilio (según información aportada en el formulario de inscripción).

En todo caso, los profesionales que resulten sin plaza asignada, podrán ocupar plazas que resulten vacantes luego del proceso de asignación, en cualquier parte del territorio nacional. Para ello tienen plazo hasta el próximo proceso de asignación

Los profesionales a quienes no se les asigne plaza, y se vinculen posteriormente para cumplir con el Servicio Social Obligatorio a otra plaza de las Fuerzas Militares, de entidad privada o de IPS pública que haya quedado vacante, pierden su derecho a la exoneración.

El proceso de asignación de plazas se llevará a cabo en  las instalaciones del Ministerio de Salud,  Ubicado en la Carrera 13 #32-76 de la ciudad de Bogotá el 19 de Julio de 2016.

Mayores informes en:
Secretaría de Salud del Atlántico, Calle 40 Kra 45 Esquina
Teléfonos: 3307000 Ext. 286 
Correos electrónicos:
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