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ATENCIÓN AL CIUDADANO

¿Quiénes deben inscribirse en el ReTHUS?

En el marco de lo señalado en la Ley 1164 de 2007, deberán inscribirse en el ReTHUS todas las personas que pretendan ejercer alguna de las siguientes profesiones u ocupaciones:

I. Instituciones de Educación para el trabajo y el desarrollo humano:

  • Auxiliar administrativo en Salud.
  • Auxiliar en enfermería.
  • Auxiliar en salud oral.
  • Auxiliar en salud pública.
  • Auxiliar en servicios farmacéuticos.

II. Instituciones de Educación Superior:

1. Técnico Profesional.

  • Técnico profesional en atención pre hospitalaria.
  • Técnico profesional en citohistología.

2. Tecnología.

  • Tecnología en atención pre hospitalaria.
  • Tecnología en citohistología.
  • Tecnología en regencia de farmacia.
  • Tecnología en manejo de fuentes abiertas de uso diagnóstico y terapéutico.
  • Tecnología en radiodiagnóstico y radioterapia.
  • Tecnología en radiología e imágenes diagnósticas.
  • Tecnología en radioterapia.

3. Universitario.

  • Bacteriología.
  • Enfermería.
  • Fisioterapia.
  • Fonoaudiología.
  • Gerontología.
  • Instrumentación quirúrgica.
  • Medicina.
  • Nutrición y dietética.
  • Odontología.
  • Optometría.
  • Psicología*.
  • Terapia ocupacional.
  • Terapia respiratoria.

Conforme a lo señalado en la Ley 1090 de 2006, la Psicología “[…] pertenece privilegiadamente al ámbito de la salud, motivo por el cual se considera al psicólogo también como un profesional de la salud”

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