El Decreto legislativo 568 de 2020, creó el denominado “Impuesto solidario por el Covid 19” dentro del marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el Territorio Nacional.
El hecho generador del impuesto solidario por el COVID 19 lo constituye el pago o abono en cuenta de salarios, honorarios y pensiones mensuales periódicos de 10 millones de pesos o más.
En virtud de lo anterior, la Gobernación del Departamento del Atlántico en cumplimiento de la disposición aquí contenida, aplicara el descuento durante los meses de mayo, junio y julio de 2020, sin tener en cuenta la mesada adicional de junio, en razón a su periodicidad anual, de acuerdo a la siguiente tabla: