NORMATIVA

Circular Externa Nro.015 De 2025

DE: Subsecretaria de Rentas
      Secretaría de Hacienda Departamental.

PARA: Responsables de la Participación de Licores Destilados.

ASUNTO: Tarifas de Participación sobre Licores Destilados, aplicables a partir del primero (1) de enero de 2026

En atención al asunto de referencia, nos permitimos comunicarle que a partir del primero (01) de Enero de 2026 y de conformidad con lo establecido en la Certificación No. 003 de diciembre 09 de 2025 de la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del Decreto No. 000448 del 23 de diciembre de 2025 del Despacho del Gobernador, la tarifa de participación respecto de los licores destilados, sobre los cuales el Departamento del Atlántico como árbitro rentístico, será la siguiente:

Componente específico:

* Por cada grado alcoholimétrico en unidad de 750 centímetros cúbicos o su equivalente, será de trescientos sesenta pesos ($360).

En cuanto al componente ad valórem de la participación se liquidará aplicando una tarifa del 25% sobre el precio de venta al público, antes de la participación, según certificado expedido por el DANE, para el año 2026.

Atentamente

CLAUDIA ROJAS BLANCO
Subsecretaria de Rentas
Secretaría de Hacienda Departamental

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