NORMATIVA

Circular Externa Nro.20250710032731

DE: Subsecretaria De Rentas, Secretaría De Hacienda Departamental.

PARA: Productores, Introductores, Distribuidores Y Comercializadores De Los Productos Sujetos Del Impuesto Al Consumo Y/O Participación De Licores, Vinos, Aperitivos Y Similares; De Cervezas, Sifones, Refajos Y Mezclas Y De Cigarrillo Y Tabaco Elaborado, De Origen Nacional Y Extranjero.

ASUNTO: Implementación De Los Procedimientos Para La Expedición, Anulación Y Legalización De La Tornaguía Electrónica De Movilización, Transito y Reenvío De Los Productos Sujetos Al Impuesto Al Consumo Y/O Participación De Licores Y Alcoholes De Productos Nacionales Y Extranjeros

La Subsecretaria de Rentas de la Secretaría de Hacienda Departamental, en su política de mejoramiento continuo y teniendo en cuenta que el Decreto 162 de 2024 sustituye el Capítulo 3 del Título 1, Parte 2 y se modifican otras disposiciones del Decreto No. 1625 de 2016, por lo que se hace necesario la implantación de los nuevos formatos de Tornaguía Electrónica y del Acto de Legalización de Tornaguía Electrónica con sus respectivos instructivos y la estructura de codificación definida, así mismo, establecer los procedimientos de: EXPEDICIÓN TORNAGUÍA ELECTRONICA DE MOVILIZACIÓN, TRÁNSITO y REENVIO, EL DE ANULACIÓN DE LA TORNAGUÍA ELECTRONICA Y EL DE LEGALIZACIÓN DE TORNAGUÍA ELECTRONICA, todos estos a través de la plataforma del Operador del Sistema de Información del Impuesto al Consumo INFOCONSUMO.

Por lo anterior, la Secretaria de Hacienda de la Gobernación del Atlántico expidió la Resolución No. 000035 de 2025, por la cual se IMPLEMENTAN LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA EXPEDICIÒN, ANULACIÒN Y LEGALIZACIÒN DE LA TORNAGUIA ELECTRÓNICA DE MOVILIZACIÒN, TRANSITO Y REENVIO DE LOS PRODUCTOS SUJETOS AL IMPUESTO AL CONSUMO Y/O PARTICIPACIÓN DE LICORES Y ALCOHOLES DE PRODUCTOS NACIONALES Y EXTRANJEROS, y mediante la cual RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. Implementar y aplicar el FORMATO DE TORNAGUÍA ELECTRONICA y su respectivo instructivo, los cuales hacen parte integral de la presente resolución, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Ley 2106 de 2019, el Decreto No. 0162 de 2024 y la Resolución No. 009 del 07 de febrero de 2025.

ARTICULO SEGUNDO: Implementar y aplicar el Formato e Instructivo del ACTO DE LEGALIZACIÓN DE TORNAGUIA ELECTRONICA, los cuales hacen parte integral de la presente resolución, teniendo en cuenta lo establecido por el Decreto No. 0162 de 2024.

ARTICULO TERCERO: Implementar y aplicar la ESTRUCTURA DE CODIFICACIÓN DE TORNAGUIAS ELECTRONICAS y la ESTRUCTURA DE CODIFICACIÓN DEL ACTA DE LEGALIZACIÓN DE LAS TORNAGUIAS ELECTRONICAS, la cual será la codificación aplicable por parte de los Departamentos y el Distrito Capital, esto, de acuerdo a lo establecido por el Decreto No. 0162 de 2024.

ARTICULO CUARTO: Implementar y aplicar los PROCEDIMIENTOS de EXPEDICIÓN DE LA TORNAGUÍA ELECTRONICA, DE ANULACIÓN DE LA TORNAGUÍA ELECTRONICA Y LEGALIZACIÓN DE TORNAGUÍA ELECTRONICA, de acuerdo a lo estableció en el Decreto No. 0162 de 2024.

ARTICULO QUINTO: VIGENCIA. La presente resolución rige a partir del 14 de febrero de 2025 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Es importante informarle que a partir del día 14 de febrero de 2025, se encuentran implementados y en ejecución todas las modificaciones establecidas en el Decreto 162 de 2024, igualmente lo encontraran publicado en la plataforma de INFOCONSUMO.

Se adjunta a la presente la Resolución No. 000035 de 2025.

Atentamente

CLAUDIA ROJAS BLANCO
Subsecretaria Rentas Gobernación del Atlántico
Secretaría De Hacienda Departamental

Gobernación del Atlántico