Barranquilla, 30-12-2024
DE:SUBSECRETARIA DE RENTAS – SECRETARIA DE HACIENDA DEPARTAMENTAL
PARA: RESPONSABLES DEL IMPUESTO AL CONSUMO DE CERVEZAS, SIFONES Y REFAJOS DE ORIGEN EXTRANJERO.
ASUNTO: TARIFAS DEL IMPUESTO AL CONSUMO DE CERVEZAS, SIFONES Y REFAJOS, APLICABLES A LOS PRODUCTOS EXTRANJEROS, PRIMER SEMESTRE DEL 2025.
En atención al asunto de la referencia, me permito comunicarle que a partir del primero (01) de Enero de 2025 y de conformidad con lo establecido en la Certificación No. 006 de diciembre 12 de 2024 de la Dirección de General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y del Decreto No. 491 del 26 de diciembre de 2024 del Despacho del Gobernador, las tarifas del Impuesto al Consumo de Cervezas, Sifones y Refajos, aplicables a los productos extranjeros en el Departamento del Atlántico, serán:
- Cervezas, trescientos treinta y tres pesos con sesenta y dos centavos ($333,62), por unidad de 300 centímetros cúbicos;
- Sifones, cuatrocientos veintiocho pesos con noventa y ocho centavos ($428,98), por unidad de 300 centímetros cúbicos;
- Refajos y mezclas, ciento ocho pesos con dieciséis centavos ($108,16), por unidad de 300 centímetros cúbicos
CLAUDIA PATRICIA ROJAS BLANCO
Subsecretario De Despacho
SubsecretarÍa De Rentas