Con el fin de organizar las actividades administrativas de la Secretaria de Cultura y Patrimonio del Departamento del Atlántico, han sido definidas unas fechas límites para el estudio de las solicitudes de estímulos que le corresponden otorgar a ésta entidad conforme a los dispuesto en el artículo 18 de la Ley 397 de 1997. El procedimiento interno del estudio implica la verificación de la elegibilidad a partir del estímulo solicitado y la congruencia con los términos que la ley misma señala para efectos de promoción de la cultura o manifestaciones protegidas.