Convocatoria Recursos Del Impuesto Nacional Al Consumo Telefonía Movil vigencia 2015
INFORMACIÓN GENERAL
El Departamento del Atlántico atendiendo los Principios fundamentales, de la Administración Pública, tales como el principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho. Y con el objeto de acatar la reglamentación establecida mediante la Ley 1111 de 2006 y su decreto reglamentario 4934 de 2009, sobre la inversión de los recursos provenientes del I.N.C. para cultura y, considerando que el Ministerio de Cultura mediante oficio MC-016306-EE-2014 del 30 de julio de 2014, presentó una proyección preliminar de la Distribución del 25% del 4% adicional del Impuesto Nacional al Consumo a la telefonía celular para el apoyo a programas de fomento, promoción y desarrollo de la cultura y la actividad artística colombiana para la vigencia 2015.
CONVOCA
A los alcaldes de los 22 municipios del Atlántico y al Distrito de Barranquilla, para que conozcan y participen en el proceso de selección y priorización de proyectos a ejecutar con los recursos provenientes del Impuesto Nacional al Consumo a la telefonía móvil, destinados a la inversión en patrimonio cultural de conformidad con el decreto 4934 de 2009, para la vigencia 2015.
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE:
Ley 1111 de 2006 y el Decreto 4934 de 2009 atendiendo además los lineamientos dados por el CONPES 3132 de 2002, la Ley General de Cultura, 307 de 1997, la Ley 1607 de 2012, Ley 1185 de 2008, el Plan Nacional de Cultura y el oficio MC-016306-EE-2014 del 30 de julio de 2014.
1.1 OBJETO
Convocar a los alcaldes de los municipios de Atlántico a presentar propuestas de proyectos culturales para ser financiados con recursos provenientes del Impuesto Nacional al Consumo – INC, a la telefonía móvil, destinados a inversión en cultura de conformidad con el decreto 4934 de 2009.
1.2 MODALIDAD DE EJECUCIÓN:
El Departamento del Atlántico suscribirá convenios con aquellos Municipios que presenten proyectos que sean debidamente viabilizados, aprobados por el Consejo Departamental de Patrimonio del Atlántico, y que obtengan concepto favorable del Ministerio de Cultura. Los proyectos deben estar en concordancia con sus respectivas necesidades y la política departamental y nacional.
1.3 LÍNEAS A EJECUTAR:
Las entidades interesadas deberán presentar propuestas que atiendan única y prioritariamente las Líneas de Inversión establecidas en el Artículo Quinto del Decreto 4934 de 2009.
Línea 1: Desarrollar inventarios y registros del patrimonio cultural de acuerdo con la metodología establecida por el Ministerio de Cultura; estos inventarios deben ser elaborados participativamente y ser divulgados con todas las comunidades. Los inventarios y registros deben ser digitalizados y estar disponibles para consulta en línea.
Línea 2: Desarrollar programas relacionados con la protección, promoción y difusión del patrimonio cultural por medio de campañas de prevención, sensibilización, educación y formación
de la comunidad. En particular apoyar la conformación de grupos de vigías del patrimonio y fortalecer los existentes, suministrándoles las herramientas básicas para que desarrollen su voluntariado y apoyando proyectos que los grupos presenten.
Línea 3: Apoyar la formulación de los Planes Especiales de Manejo y Protección -PEMP- de bienes inmuebles de interés cultural del grupo urbano y de monumentos en espacio público, así como de aquellos del grupo arquitectónico y de colecciones de bienes muebles de interés cultural que sean de propiedad pública.
Línea 4: Incentivar la formulación y puesta en marcha de Planes Especiales de Salvaguardia de manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial incluidas en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial.
Línea 5: Desarrollar actividades relacionadas con la conservación, el mantenimiento periódico y la intervención de bienes de interés cultural, dando prioridad a los declarados de interés cultural del ámbito nacional y a aquellos bienes de interés cultural que se encuentren en riesgo o en situación de emergencia.
Línea 6: Fortalecer los museos, archivos, bibliotecas patrimoniales y/o centros de memoria a nivel local, en lo referente a escritura de guiones museográficos y mejoramiento de dotación y programación.
Línea 7: Programas culturales y artísticos de gestores y creadores culturales con discapacidad.
Línea 8: Actividades culturales y artísticas declaradas como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad por la Unesco, artíuclo 72, Ley 1607 de 2012.
En ningún caso se aprobará el apoyo económico para gastos administrativos (servicios públicos, sueldos y/o salarios del personal ni prestaciones sociales del personal de planta de los municipios y distrito), obra física, compra de elementos de oficina, dotación o cualquier otro tipo de gasto que no sea inherente a las actividades propias a cada una de las Líneas de Inversión.
1.5 CRONOGRAMA DE CONVOCATORIA, POSTULACIÓN, ELEGIBILIDAD Y VIABILIZACIÓN PARA LA INVERSIÓN DE LOS RECURSOS PROVENIENTES DEL INCREMENTO DEL IMPUESTO AL CONSUMO A LA TELEFONÍA MÓVIL VIGENCIA 2015.
Convocatoria Pública: del 23 de septiembre de 2014 al 7 de noviembre de 2014
Estudio de Viabilidad Técnica: del 10 al 14 de noviembre de 2014
Evaluación del Concejo de Patrimonio: 20 de noviembre de 2014
Resultados de la convocatoria: 24 de noviembre de 2014
1.6 DECLARATORIA DESIERTA.
El Departamento del Atlántico podrá declarar desierta la presente convocatoria cuando no pueda adelantar una selección objetiva. Entre otras, serán causales para declarar desierto el proceso las siguientes:
a. Cuando ninguna de las propuestas presentadas se ajuste al presente documento.
b. Cuando no se presente propuesta alguna.
c. Cuando se descubran acuerdos o maniobras fraudulentas por parte de los Proponentes durante el proceso que impidan o no garanticen la selección objetiva de las propuestas.
En el caso de declarar desierto el proceso se procederá a invitar nuevamente.
2. PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS:
Se aceptarán las propuestas recibidas hasta las 17:00 p.m. del 7 de noviembre de 2014. Las propuestas deberán ser enviadas con carta de presentación del interés de participar en la convocatoria y enviar toda la documentación por correo certificado y/o entrega personal en el primer piso de la Gobernación del Atlántico, rotulado de la siguiente manera:
Doctora:
DEYANA ACOSTA-MADIEDO HENAO
Convocatoria Publica N° 2 del 23 de septiembre de 2014
Consejo de Patrimonio Cultural del Atlántico
Edif. Gobernación del Departamento del Atlántico
Calle 40 No. 45 – 46 Barranquilla
3. CAUSALES DE RECHAZO DE PROPUESTAS:
Los proyectos serán rechazados cuando:
1. La propuesta sea recibida fuera de plazo y hora indicada. Se debe prever que, en caso de envío postal, el sobre llegue en fecha y hora indicada.
2. No se recibirán ofertas presentadas por Internet, fax, ni en lugar o en oportunidades diferentes a las señaladas en los presentes términos de referencia.
3. No se encuentren debidamente diligenciado y firmado en original el Formato de presentación de proyectos Convocatoria 2015, por el alcalde del municipio.
4. No se adjunte la documentación requerida como soporte del proyecto, dentro de los términos establecidos en esta convocatoria.
5. Se compruebe que la información, los documentos o los certificados anexos al prpyecto no son exactos o no correspondan a la realidad.
6. El proponente se encuentra incurso en alguna inhabilidad.
7. Cuando el proyecto presentado no se inscriba en la línea de inversión y no cumpla con los términos detallados en la presente convocatoria.
Nota: El Departamento del Atlántico evaluará las propuestas de proyectos de acuerdo a criterios establecidos; el Consejo de Departamental de Patrimonio Cultural del Atlántico se reservará el derecho de financiar o no, total o parcialmente los proyectos aprobados y sujeto a la disponibilidad de fondos.
El envío de propuestas de proyecto no significa en ningún momento un compromiso directo o indirecto de la Gobernación de Atlántico para otorgar financiamiento.
Los proyectos aprobados deberán en todo momento dar los créditos al Ministerio de Cultura y a la Secretaría de Cultura y Patrimonio del Departamento del Atlántico, en todas las actividades de promoción, realización y divulgación del proyecto.
3. REQUISITOS MÍNIMOS HABILITANTES
3.1 REQUISITOS TÉCNICOS:
a. Los proyectos debe estar encaminado a ejecutar las líneas de acción establecidas en el decreto 4934 de 2009.
b. Formato perfil del proyecto recursos INC debidamente diligenciado
Anexo 2. Formato presentación Código: F-OPL-021
Anexo 3. Cronograma y presupuesto
No deben figurar tachones, borrones o enmendaduras que hagan dudar sobre el contenido de la propuesta.
Cualquier enmendadura que contenga la oferta, deberá ser aclarada y validada por el oferente en la misma propuesta antes del cierre de la invitación.
No se aceptarán propuestas complementarias o propuestas de modificaciones presentadas con posterioridad a la fecha y hora del cierre de la invitación.
3.2 REQUISITOS DE VIABILIZACIÓN:
1.) Dependiendo de las características y línea de acción del proyecto se deberán anexar soportes de los estudios o documentos complementarios al proyecto así:
a. Documento, estudio, o concepto emitido por una entidad o profesional especialista en el tema donde conste el Riesgo de pérdida o deterioro del bien o manifestación cultural que se quiere proteger. (Si aplica)
b. Documento, estudio, o concepto emitido por una entidad o profesional especialista en el tema indicando la valoración histórica y socio cultural o artístico del bien o manifestación cultural a intervenir. (Si aplica)
c. Para el caso de los proyectos para realizar estudios para la restauración de bienes inmuebles, bienes muebles o para la elaboración de planes especiales de salvaguardia, se debe anexar al formato de presentación los proyectos maestros.
3.3 REQUISITOS LEGALES:
En el caso de que su proyecto reciba viabilización y prioridad positiva por el Departamento del Atlántico, luego la aprobación parte del Consejo Departamental de Patrimonio del Atlántico – CDPCA, y finalmente el concepto favorable del Ministerio de Cultura, los municipios tienen la obligación de presentar los siguientes documentos:
• Fotocopia de la cedula de ciudadanía del alcalde municipal ampliada al 150%.
• Fotocopia de la libreta militar, si es del sexo masculino. (Persona natural o representante legal si es hombre menor de 50 años, de conformidad con el artículo 36 de la Ley 48 de 1993 modificado el art.111 del Decreto 2150 de 1995)
• Fotocopia del Acta de Posesión
• Fotocopia de la credencial que lo acredita como alcalde del municipio
• Fotocopia del Registro Único Tributario - RUT del municipio expedido por la DIAN.
• Acuerdo de delegación para hacer convenios emitido por el Consejo Municipal
• Certificado de antecedentes de responsabilidad fiscal expedido por la Contraloría General de la República (vigente) del alcalde y el municipio
• Certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación (vigente) del alcalde y el municipio
• Certificado de antecedentes judiciales vigente expedido por la Policia Nacional.
4. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PRIORIZACIÓN DE LOS PROYECTOS
A todas las propuestas viabilizadas le serán aplicados criterios de priorización por parte del Consejo Departamental de Patrimonio Cultural del Atlántico, mediante los cuales se asignaran un puntaje a partir del cual se distribuirán los recursos asignados, los cuales son:
Los criterios considerados son:
CRITERIOS PUNTAJE
1. Riesgo de pérdida o deterioro del bien o manifestación cultural 15
2. Valoración histórica y socio cultural, artístico o manifestación cultural 15
3. Cobertura e impacto socio-cultural de la acción o el proyecto 15
4. Viabilidad social y la articulación del proyecto con programas locales 20
5. Participación ciudadana 15
6. Valoración de cofinanciación económica de la entidad proponente 20
100
RECOMENDACIÓN:
Antes de presentar los proyectos a la convocatoria se recomienda que se realice una asesoría técnica sobre el proyecto a presentar; para ello deben comunícarse con el antropólogo Lázaro Miguel Cotes Cotes, del Área de Patrimonio de la Secretaría de Cultura y Patrimonio del Atlántico.
Centro Cultural Museo del Atlántico
Cra 39 No. 35 – 21 Barranquilla
Tel.: 330 70 12
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Cordialmente,
DEYANA ACOSTA-MADIEDO HENAO
Secretaria de Cultura y Patrimonio
Departamento del Atlantico