RESOLUCIÓN NÚMERO 009 DE MAYO 13 DE 2026
Por medio de la cual se corrige un error formal de la Resolución 002 del 23 de enero “Por medio de la cual se ordena el pago de los ganadores de la Convocatoria Pública del Portafolio de Estímulos de Carnaval del Atlántico 2026 en el Departamento del Atlántico”
LA SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE CULTURA Y PATRIMONIO DEL ATLÁNTICO
En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias y en especial las conferidas en la Ley 397 de 1997 consus respectivas modificaciones y adiciones, de conformidad con lo establecido en la Ley 1493 de 2011, la Ley 2070 de 2020, el artículo 2.2.1.4. del Decreto No. 1080 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura”, el Decreto Departamental No. 000009 de 2026 y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución No. 029 del 13 de noviembre de 2025, se ordenó la apertura de la Convocatoria Pública de Estímulos a los hacedores y portadores de las manifestaciones y tradiciones del Carnaval del Atlántico 2026, para presentar propuestas al Banco de Proyectos Elegibles a efectos de la entrega de estímulos económicos a las expresiones, manifestaciones y actos festivos de la ruta de la tradición del Carnaval del Atlántico 2026, por la suma de MIL QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.550.000.000).
Que en el acto administrativo de apertura se adoptó el procedimiento para la Convocatoria Pública de Estímulos de Estímulos del Carnaval del Atlántico 2026, determinándose las orientaciones, requisitos, prohibiciones, restricciones de participación, causales de no habilitación, subsanaciones, rechazos; entre otros.
Que finalizado la etapa de verificación se procedió a comunicar los resultados preliminares de la revisión administrativa de habilitación en la Convocatoria Pública de Estímulos del Carnaval del Atlántico 2026 a través de la Resolución No. 031 de 2025 del 17 de diciembre de 2025 “Por medio de la cual se comunican los resultados preliminares de la revisión administrativa de habilitación en la Convocatoria Pública de Estímulos del Carnaval del Atlántico 2026”
Que quedaron habilitadas trescientas setenta y una (371) propuestas participantes que cumplieron con los requisitos para superar la etapa de revisión administrativa de la convocatoria realizada a través de la Resolución No. 029 del 13 de noviembre de 2025.
Que a través del Decreto 000009 de 2026 se delegó en el cargo en el cargo de SECRETARIO DE DESPACHO, Código 20, Grado 02, de la Secretaria de Cultura y Patrimonio, la ordenación del gasto para el pago de los estímulos establecidos en la Convocatoria Pública de Estímulos del Carnaval del Atlántico 2026, realizada por la gobernación del Atlántico.
Que en virtud de lo anterior se profirió la resolución No.02 “Por medio de la cual se ordena el pago de los ganadores de la Convocatoria Pública del Portafolio de Estímulos de Carnaval del Atlántico 2026 en el Departamento del Atlántico”.
Que por un error de transcripción se presentó en la Resolución en la resolución No.02 “Por medio de la cual se ordena el pago de los ganadores de la Convocatoria Pública del Portafolio de Estímulos de Carnaval del Atlántico 2026 en el Departamento del Atlántico” en su artículo segundo en el ítem 4 en el nombre del postulante se señaló “CARNAVAL DEL RECUERDO BARANOA”, cuando debió ser
“FUNDACION CULTURAL BARRIO ARTE”, tal y como aparece en el RUT, en el certificado de existencia y representación legal y en la certificación Bancaria.
Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, consagra: "Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de Oficio o a petici6n de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritm6ticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección clara lugar a cambios en el sentido material de la decisi6n, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la correcci6n, esta debe ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.
Que, por lo anterior, se considera necesario corregir los errores meramente formales de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, rectificando lo indicado.
Que, en mérito de lo expuesto, se
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Corregir el artículo segundo de la Resolución No.02 “Por medio de la cual se ordena el pago de los ganadores de la Convocatoria Pública del Portafolio de Estímulos de Carnaval del Atlántico 2026 en el Departamento del Atlántico” en el ítem 4 nombre del Postulante el cual quedará “FUNDACION CULTURAL BARRIO ARTE”.
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de su expedición y su publicación.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Barranquilla DEIP, a los Trece (13) días del mes de mayo del año dos mil veintiséis (2026).
VERONICA MARCELA CANTILLO RAMIREZ
Secretaria de Despacho, Código 020, Grado 02
Secretaría de Cultura y Patrimonio Departamento del Atlántico
Proyectó: Jaime Paez Herrera-Asesor Jurídico