SECRETARÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

RESOLUCIÓN No. 025 DE 2025

RESOLUCIÓN No. 025 DE 2025

"POR MEDIO DE LA CUAL SE CORRIGE UN ERROR FORMAL DE LA RESOLUCIÓN 019 DE 2025 "

'POR MEDIO DE LA CUAL SE ORDENA EL PAGO A LOS GANADORES DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE LOS ESTIMULOS DEL SECTOR CULTURA - SEGUNDO SEMETRE DE 2025- EN EL

DEPARTMENTO DEL ALTLÁNTICO".

La Secretaria  Cultura y Patrimonio Departamental, en ejercicio  de sus facultades y en especial la conferidas en la Ley 397 de 1997 con sus respectivas modificaciones y adiciones,  el Decreto Departamental No. 000052 de 2004, el Decreto Departamental Nro.013 de 2024, Decreto Departamental Nro.000275 del 25 de agosto de 2025 y,

 

C O N S I D E R A N D O

Que mediante el Decreto Departamental No. 000275 del 25 de agosto de 2025, se delegó en el (a)

Secretario (a) de Cultura y Patrimonio del departamento del Atlántico, la competencia para realizar la ordenación del gasto para el pago de los incentivos de la Convocatoria Pública de estímulos del sector Cultura- Segundo semestre de 2025 en el departamento del Atlántico.

Que mediante Resolución No. 015 de Julio 1 de 2025 “Por medio de la cual se da apertura a la Convocatoria Pública de Estímulos del Sector Cultura - Segundo Semestre de 2025 - en el Departamento del Atlántico”, la Secretaría Departamental de Cultura y Patrimonio del Atlántico

Ordenó la apertura de la Convocatoria Pública de Estímulos del Sector Cultura - Segundo Semestre de 2025 - en el Departamento del Atlántico, por la suma de MIL CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE

($1.100.000.000) y estableció en el Numeral 10° del Artículo Segundo relativo al Procedimiento, la

SUJECIÓN DE LA ENTREGA DE ESTÍMULOS, así: “(…) 10.1 La gestión oportuna por parte del ganador en los trámites administrativos para la cancelación del estímulo. 10.2 Los plazos estipulados por la

Secretaría de Hacienda de la Gobernación del Atlántico, se contarán a partir de la legalización de la

Documentación requerida y la publicación del acto administrativo mediante el cual se ordena el pago.10.3 El pago de los estímulos no es inmediato y está sujeto a actuaciones legales de la Gobernación de Atlántico. Es OBLIGACIÓN del participante prever este aspecto al momento de diseñar el calendario de actividades de su propuesta (…)”.

Que a través de la Resoluci6n No. 017 de fecha 25 de agosto de 2025, se modificó parcialmente el

Calendario y se ajustó  el Cronograma contenido en la Resolución No. 015 de fecha 15 de julio de 2025.

Que los estímulos se asignaron en cada  línea de participación  de conformidad con lo establecido en la convocatoria realizada mediante Resolución No. 015 de Julio 1 de 2025 “Por medio de la cual se da apertura a la Convocatoria Pública de Estímulos del Sector Cultura - Segundo Semestre de 2025 - en el Departamento del Atlántico”.

Que a través de la Resolución No 015-1 de 2025 la Secretaría Departamental de Cultura y Patrimonio del Atlántico, conformó y designó el Comité Evaluador que adelantó el análisis conceptual, técnico y financiero de las Propuestas Habilitadas en el marco de la Convocatoria Pública de Estímulos del Sector Cultura - Segundo Semestre de 2025 - en el Departamento del Atlántico.

Que la Secretaría de Hacienda del departamento del Atlántico, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 202501935, por valor de MIL CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.100.000.000), que garantiza la existencia de los recursos de la Convocatoria Pública de Estímulos del Sector Cultura -Segundo Semestre de 2025 - en el Departamento del Atlántico.

Que por un error de transcripción se presentó el siguiente en la Resolución No.019 del 29 de agosto de 2025 en su artículo primero, se omitió el último número de identificación, por lo tanto, se debe agregar el número dos (2) para que quede tal y como aparece en el RUT y certificación Bancaria.

TEATRO LINEA 1

No.

Propuesta

Postulante

Identificación

Municipio

Aporte

7

POLONUEVO CUENTA

FUNDACION  COMPAE TOÑO

901757208

POLONUEVO

$4.400.000.00

Corrección en negrillas de la línea TEATRO línea 1, Ítems siete (7) 

TEATRO LINEA 1

No.

Propuesta

Postulante

Identificación

Municipio

Aporte

7

POLONUEVO CUENTA

FUNDACION  COMPAE TOÑO

9017572082

POLONUEVO

$4.400.000.00

Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, consagra: "Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de

Oficio o a petici6n de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritm6ticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección clara lugar a cambios en el sentido material de la decisi6n, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la correcci6n, esta debe ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.

Que, por lo anterior, se considera necesario corregir los errores meramente formales de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, rectificando lo indicado.

Que, en mérito de lo expuesto, se

R   E   S   U   E   L   V   E:

ARTICULO PRIMERO. Corregir el artículo primero de la de la Resolución No.019 de 2025 en MUSICA LINEA 1 ítem 2, los cuales quedaran  así: “reconocer y ordenar el pago de los recursos de la convocatoria Pública de Estímulos del Sector Cultura - Segundo Semestre de 2025 - en el Departamento del Atlántico, hasta la suma de CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($438.980.000) en el presente acto, amparados en Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 202501935 por valor de MIL CIEN MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.100.000.000) , como a continuación se describe”:

TEATRO LINEA 1

No.

Propuesta

Postulante

Identificación

Municipio

Aporte

7

POLONUEVO CUENTA

FUNDACION  COMPAE TOÑO

9017572082

POLONUEVO

$4.400.000.00

 

ARTICULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de su expedición y contra esta procede el recurso de reposición ante la autoridad que expidió el acto, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Barranquilla (DEIP), a los Veintitrés (23) días del mes de Octubre de Dos Mil Veinticinco (2025).

VERÓNICA CANTILLO RAMÍREZ

SECRETARIA DE CULTURA Y PATRIMONIO DEL DEPARTAMENTO

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