SECRETARÍA DE CULTURA Y PATRIMONIO

Aviso De Convocatoria

ResoluciónNo. 001de 2023

09defebrerode2023

“Por medio de la cual se ordena la apertura de la Convocatoria Pública para la ejecución de losrecursos del Impuesto Nacional al Consumo (INC), sobre los servicios de telefonía, datos, internety navegación móvil, a través del fortalecimiento de programas para el fomento, promoción ydesarrollo de la cultura y la actividad artística y la protección y salvaguardia del patrimonio cultural en el Departamento del Atlántico, respectoala vigencia 2023”

La Secretaria de Cultura y Patrimonio del Atlántico,en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,y:

CONSIDERANDO

Que la Ley 1819 de 2016, por medio de la cual se adopta la reforma tributaria estructural, sefortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otrasdisposiciones, consagra en el artículo 201 la modificación del artículo 512-2 del Estatuto Tributario,sobre la base gravable y tarifa en los servicios de telefonía, datos y navegación móvil, indicandoque los servicios de telefonía, datos, internet y navegación móvil, estarán gravados con la tarifa delcuatro por ciento (4%) sobre la totalidad del servicio, sin incluir el impuesto sobre las ventas, quepara la porción correspondiente a los servicios de datos, internet y navegación móvil se gravarásolo el monto que exceda de uno punto cinco (1.5) UVT mensual y que el impuesto se causará enel momento del pago correspondiente hecho por el usuario. Distribuyendo el impuesto del cuatropor ciento (4%) para que sea destinado a inversión social en Deporte y Cultura, así: El setenta porciento(70%)paraDeporteyeltreinta porciento (30%)paraCultura.

Que el Decreto No. 359 de 2018, por el cual se incorpora la Parte XI al Libro Segundo del DecretoÚnicoReglamentarioNo.1080de2015,parareglamentarlosartículos200y201delaLey1819de2016yelartículo41delaLey1379de2010enmateriacultural,señalaenelartículo2.11.1,que el treinta por ciento (30%) de los recursos efectivamente recaudados del Impuesto Nacional alConsumo (INC) sobre los servicios de telefonía, datos, internet y navegación móvil de que trata elartículo 512-2 del Estatuto Tributario destinados para cultura, se presupuestarán en el Ministerio deCultura y se destinarán a los siguientes conceptos: 1. Para promover la creación, el fomento y elfortalecimiento de las bibliotecas que conforman la Red Nacionalde Bibliotecas Públicas, deconformidad con lo dispuesto en la Ley 1379 de 2010. 2. Para destinarlo a programas de fomento,promoción, y desarrollo de la cultura y la actividad artística colombiana en el Distrito Capital y losDepartamentos, dándole aplicación a la Ley 397 de 1997, modificada parcialmente por la Ley 1185de2008.Deltotaldeestosrecursos,se deberádestinarmínimountresporciento (3%)aprogramas culturales y artísticos de gestores y creadores culturales con discapacidad. De estosrecursos,sepodráestablecerhastaunveinteporciento(20%)comoincentivoalaccesoyconsumo ciudadano de bienes, productos y servicios culturales conforme a lo señalado en esteartículo, el cualse denominará Bono Cultural. ElBono Culturalno representaninguna modalidadde título de deuda pública. Mediante este mecanismo puede financiarse hasta un cincuenta porciento (50%) del valor de adquisición de bienes, productos y servicios culturales a cargo de laspersonasadquirentesdelosmismos.Enlosmunicipiosy/odistritos,enloscualesexistanmanifestacionesinscritasenlaListaRepresentativadePatrimonioCulturalInmaterialdelaHumanidad de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura(UNESCO), el Departamento garantizará la destinación delcincuenta por ciento (50%) de losrecursosasignados,paralaimplementacióndelosplanesdesalvaguardadeestasmanifestaciones. 3. Para la ejecución de proyectos a cargo del Ministerio de Cultura relacionadosconelfomento,promoción,creación ydesarrollo de la cultura.De estos recursos,sepodráestablecer hasta un veinte por ciento (20%) como incentivo al acceso y consumo ciudadano debienes,productosyserviciosculturalesconformealoseñaladoenesteartículo,elcualsedenominará Bono Cultural. El Bono Cultural no representa ninguna modalidad de título de deudapública. Mediante este mecanismo puede financiarse hasta un cincuenta por ciento (50%) del valorde adquisición de bienes, productos y servicios culturales a cargo de las personas adquirentes delosmismos.

Que el parágrafo del artículo 2.11.1 del Decreto No. 359 de 2018, determina que los recursos delImpuesto Nacional al Consumo (INC) sobre los servicios de telefonía, datos, internet y navegaciónmóvilde que trata elnumeral2°, se girarán alDistrito Capitaly a los Departamentos, y seejecutaránconloslineamientos establecidospor elMinisteriode Cultura.

Que el Manual General del Impuesto Nacional al Consumo (INC) del Ministerio de Cultura, Código:M-OPL-007, Versión: 0, Fecha: 14/05/2019, señala que los recursos del Impuesto Nacional alConsumo (INC) a la prestación de los servicios de telefonía móvil, internet y navegación móvil, yservicio de datos, se podrán destinar a proyectos que se enmarquen en alguna de las siguienteslíneas:


-            Línea1.Desarrollarinventariosyregistrosdelpatrimonioculturaldeacuerdocon lametodologíaestablecidaporelMinisteriodeCultura;estosinventariosdebenserelaborados participativamente y ser divulgados con todas las comunidades. Los inventariosyregistrosdebenser digitalizados yestardisponiblespara consultaenlínea.

-            Línea2.Desarrollarprogramasrelacionadosconlaprotección,promoción,difusiónyapropiaciónsocialdelpatrimonioculturalpormediodeprocesosdeinvestigación,prevención, sensibilización, educación y formación de la comunidad. Así mismo, se podráapoyar laconformacióndegrupos deVigíasdelPatrimonio, elfortalecimiento de losexistentes y el desarrollo de proyectos para la protección y salvaguardia del patrimonioculturalporpartedelosvigías.

-            Línea 3. Apoyar la formulación de los Planes Especiales de Manejo y Protección-PEMP-de bienes inmuebles de interés cultural del grupo urbano y de monumentos en espaciopúblico, así como de aquellos del grupo arquitectónico y de colecciones de bienes mueblesde interéscultural.

-            Línea4.IncentivarlaformulaciónypuestaenmarchadePlanesEspecialesdeSalvaguardia de manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial incluidas o en procesodeinclusiónenlasListas RepresentativasdePatrimonio CulturalInmaterial.

-            Línea5.Desarrollaractividadesrelacionadasconlaconservación,elmantenimientoperiódico y la intervención de bienesde interéscultural,dando prioridad a losdeclaradosde interés cultural del ámbito nacionaly a aquellos bienes de interés cultural que seencuentrenenriesgoo en situacióndeemergencia.

-            Línea 6. Fortalecer los museos, archivos, bibliotecas y/o centros de memoria a nivel local,en lo referente a escritura de guiones museográficos, gestión del patrimonio bibliográfico ydocumental,asícomoenelmejoramientodelosprocesosdedotaciónydeprogramación.

-            Línea 7. Desarrollar programas culturales y artísticos que beneficien a la población condiscapacidad.

-            Línea8.DesarrollarproyectosparalaimplementacióndelosPlanesEspecialesdeSalvaguardia - PES - de las manifestaciones incluidas en las listas de Patrimonio CulturalInmaterialdela Humanidad porla UNESCO.

Que el Manual General del Impuesto Nacional al Consumo (INC) del Ministerio de Cultura, Código:M-OPL-007,Versión:0,Fecha:14/05/2019,precisaquepuedenaccederalosrecursosdelImpuesto Nacional al Consumo (INC) a la prestación de los servicios de telefonía móvil, internet ynavegación móvil, y servicio de datos, los Municipios mediante la presentación de proyectos a lasConvocatorias Públicas realizadas por los Departamentos y los Territorios Indígenas ubicados enÁreasNoMunicipalizadascontempladosenelDecretoNacionalNo.632de2018,previocumplimiento de los requisitos de formalización y registro establecidos en dicha norma que, en estecaso, deberán ser presentados por las autoridades tradicionales debidamente registradas ante elMinisterio del Interior. Y acto seguido aclara, que no podrán acceder las personas naturales ojurídicasdiferentesalos entes territorialesanteriormentemencionados.

Que la Resolución DM No. 0049 del 07 de febrero de 2022 “Por la cual se establecen los criterios ylineamientos para la ejecución de los recursos del Impuesto Nacional al Consumo – INC sobre losservicios de telefonía, datos, internet y navegación móvil para el Sector Cultura, girados a losDepartamentos y al Distrito Capital”, instituye en el artículo 4° que para la presentación de losproyectos referidos en el numeral 2° del artículo 2.11.1 del Decreto No. 359 de 2018, se deberánobservarentre otras:

“(…) Invitación y/o Convocatoria Pública: Los Departamentos son los encargados de realizar laconvocatoria para que los Municipios presenten proyectos enmarcados en las líneas establecidasen el artículo 3 de la presente Resolución, así mismo son los encargados de recibir y revisar losproyectosque sepostulenen ella.Parael cumplimientodelo anterior, deberán:

  1. i.Estipularcriteriosdeevaluación.
  2. ii.Definirellugardepresentacióndeproyectos.
  3. iii.Publicar en línea el formato de presentación de proyectos y el instructivo correspondienteparasudiligenciamiento,cronogramaypresupuesto deactividadesdetallado.
  4. iv.Publicacióndeconvocatoriapormedioelectrónico.
    1. v.La convocatoria deberá ser cargada por los Departamentos en su página oficial y debe serremitida a la Oficina Asesora de Planeación del Ministerio de Cultura para la publicación ensupágina web.


 

El cierre de la convocatoria no podrá ser superior al treinta y uno (31) del mes de marzo. El tiempoentre la apertura y el cierre de las invitaciones y/o convocatorias no podrá ser inferior a quince (15)díascalendario.

 

En el caso que los Departamentos cuenten con Bancos de Proyectos presentados en anterioresconvocatorias,puedenrevisar lapertinenciadeincluirlosenlasconvocatoriasactuales(…)”.

Que el Decreto Departamental No. 000520 de 2004, por medio del cual se modifica la Gobernacióndel Departamento del Atlántico y se dictan otras disposiciones, estipula en elArtículo Quinto,acogerenlossiguientestérminoslamisiónyfuncionesdelaestructuraorgánicadelaadministración departamental central, Secretaría de Cultura y Patrimonio: Misión: Planear, ejecutary hacer seguimiento a las políticas culturales formuladas en el Plan de Desarrollo Departamental yNacional, a fin de acompañar administrativa y pedagógicamente a los distintos procesos culturalesque se desarrollan en los municipios del departamento del Atlántico, promoviendo la investigación,la ciencia, la tecnología, el desarrollo integral de los ciudadanos y la conservación del patrimonioculturaldelascomunidadesatravésdelaejecucióndedistintosprogramasyproyectos.Funciones: Asesorar al Gobernador en la definición, formulación y ejecución de políticas culturales;Diseñar el Plan de Desarrollo Cultural del departamento; Vigilar el cumplimiento de los planes,programas y proyectos de carácter cultural; Determinar los criterios para la asignación de losrecursosestatales;Formularlasestrategiasculturalesdeldepartamento,deacuerdo conlaspolíticastrazadasporelMinisteriodeCultura;Propiciarlaintegracióndelintercambiodecomunicacionesentrelasentidadesculturalesdeldepartamento;Generarmecanismosquepermitan la participación ciudadana para reafirmar la identidad cultural; Organizar y controlar elfuncionamiento del sistema de información cultural y evaluar los indicadores de gestión; Orientar ydirigir la formulación de políticas, planes, proyectos y programas de la Biblioteca Departamental ylasBibliotecasMunicipales.

Que, envirtuddeloanteriormente expuesto,se

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la Convocatoria Pública para la ejecución de losrecursosdelImpuestoNacionalalConsumo(INC),sobrelosserviciosdetelefonía,datos,internety navegaciónmóvil,através delfortalecimientodeprogramas paraelfomento,promoción ydesarrollo de la cultura y la actividad artística y la protección y salvaguardia del patrimonio culturalenelDepartamentodelAtlántico, respectoalavigencia 2023.

ARTÍCULO SEGUNDO: El presupuesto para la ejecución de los recursos del Impuesto Nacional alConsumo (INC), sobre los servicios de telefonía, datos, internet y navegación móvil, a través delfortalecimiento de programas para el fomento, promoción y desarrollo de la cultura y la actividadartística y la protección y salvaguardia del patrimonio cultural en el Departamento del Atlántico,respecto a la vigencia 2023, asciende a la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONESVEINTISÉISMILOCHOCIENTOSCUARENTAPESOSM/CTE($236.026.840).

ARTÍCULOTERCERO:Losrecursos segúnlasLíneasdeInversión,correspondena:

LÍNEADEINVERSIÓN

MONTO

Línea 1. Desarrollar inventarios y registros de patrimonio culturalde acuerdocon la metodología establecida por el Ministerio de Cultura. Estos inventariosdebenserelaboradosparticipativamenteyserampliamentedivulgadosypromoverelusoparafomentarla protecciónysalvaguardiadelpatrimoniocultural.Losinventariosyregistrosdeben serdigitalizadosalimentandoelSistema de Patrimonio Cultural – SIPA y estar disponibles para consulta enLínea.

Línea2.Desarrollarprogramasrelacionadosconlaprotección,promocióndifusión y apropiación social del patrimonio cultural por medio de procesos deinvestigación,prevención,sensibilización,educaciónyformacióndelacomunidad. Así mismo, sepodrá apoyar la conformación de grupos de vigíasdel Patrimonio, el fortalecimiento de los existentes y el desarrollo de proyectospara laprotecciónysalvaguardiadelpatrimonioculturalporparte delosvigías.

Línea 3. Apoyar la formulación, actualización e implementación de los PlanesEspeciales de Manejo y Protección – PEMP de bienes inmuebles del grupourbano oarquitectónico,o los bienesmuebles ode los paisajesculturalesdeclaradoso en procesosde ser declaradosBiendeInterés Cultural–BIC.

Línea 4. Incentivar la formulación y puesta en marcha de Planes Especiales deSalvaguardia–PESdemanifestacionesdelpatrimonioculturalinmaterial

$108.013.420


incluidas o en procesos de inclusión en las listas representativas de PatrimonioCultural Inmaterial, así como apoyar la implementación y actualización de losPES.

Línea 5. Desarrollar actividades relacionadas con la con la conservación, elmantenimiento periódico y la intervención de Bienes de Interés Cultural, dandoprioridadalosdelámbito nacionalyaaquellosBienes deInterésCulturalqueseencuentren enriesgo o en situación deemergencia.

Línea 6. Fortalecer los museos, archivos, bibliotecas y/o centros de memoria anivel local,enloreferenteaescrituradeguionescuratoriales,guionesmuseológicosyguionesmuseográficos,asícomoelmejoramientodedotacióny

programación.

 

Línea7.Desarrollarprogramasculturalesyartísticosquebeneficienalapoblacióncondiscapacidad.

$10.000.000

Línea 8. Desarrollar proyectos para la implementación de los Planes EspecialesdeSalvaguardia-PES- delasmanifestacionesincluidasenlalistaRepresentativadePatrimonioCulturalInmaterialdelaHumanidadolaLista de

Patrimonio CulturalInmaterial que requiere medidas urgentes de salvaguardiaporla UNESCO.

$118.013.420

Parágrafo 1: En ningún caso se destinarán estos recursos para gastos administrativos (serviciospúblicos, sueldos y/o salarios del personal ni prestaciones sociales del personal de planta de losMunicipios o Distrito), obra física, compra de elementos de oficina, dotación o cualquier otro tipo degasto queno seainherentealasactividadespropias a cada una delasLíneasdeInversión.

Parágrafo 2: Los proyectos presentados en la Línea de Inversión 7, no requerirán viabilizacióntécnica previa del Consejo Departamental de Patrimonio Cultural (Parágrafo 2 del artículo 5° de laResoluciónDMNo. 0049 del07 de febrerode2022.

ARTÍCULOCUARTO:Losrequisitosgeneralesylasbasesespecíficasdeparticipaciónseencuentranestablecidoseneldocumentodenominado“CriteriosdeparticipacióndelaConvocatoria Pública para la ejecución de los recursos del Impuesto Nacional al Consumo (INC),sobre los servicios de telefonía, datos, internet y navegación móvil, a través del fortalecimiento deprogramaspara elfomento,promocióny desarrollo de laculturay laactividad artística y laprotección y salvaguardia del patrimonio cultural en el Departamento del Atlántico, respecto a lavigencia2023”,elcual haceparteintegraldelapresenteResolución.

ARTÍCULOQUINTO:ElcronogramaparalaConvocatoriaPúblicaparalaejecucióndelosrecursosdelImpuestoNacionalalConsumo(INC),sobrelosserviciosdetelefonía,datos,internety navegaciónmóvil, a través delfortalecimiento de programas para elfomento, promoción ydesarrollo de la cultura y la actividad artística y la protección y salvaguardia del patrimonio culturalenelDepartamentodelAtlántico, respecto alavigencia 2023,es elsiguiente:

No.

ETAPA

FECHAYHORA

1

Publicación de la Resolución por medio de la cualse ordena la apertura de la Convocatoria Públicaen                             el                             enlace:

www.atlantico.gov.co/index.php/avisos-de-cultura

Febrero09de 2023

2

Recepción de Inscripciones de Proyectos en elcorreo                electrónico               institucionalEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Inicia:Febrero21de2023,alas8:00AM.

Finaliza:Marzo 21de2023,alas 6:00PM.

3

Revisión de Inscripciones de Proyectos por partedelaSecretaríaDepartamentaldeCulturayPatrimonio.

Inicia:Marzo22de2023, alas8:00A.M

Finaliza:Marzo 23de2023,alas 6:00PM.

4

Publicación de los Resultados Preliminares de laRevisióndeInscripcionesdeProyectosenelenlace: www.atlantico.gov.co/index.php/avisos-

de-cultura

Marzo24de2023,a las 8:00AM.

5

Recepción de Subsanaciones de inscripciones deProyectosenelcorreo electrónicoinstitucionalEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Inicia:Marzo 27de2023,alas8:00AM.

Finaliza:Marzo30de2023, alas


   

6:00PM.

6

Publicación de losResultados Definitivos de laRevisióndeInscripcionesdeProyectosenelenlace: www.atlantico.gov.co/index.php/avisos-

de-cultura

Marzo31de2023,alas8:00 AM.

7

RemisióndelosProyectosquecumplenlosrequisitos generales y las bases específicas departicipación,alaSecretaríaTécnicadelConsejo

DepartamentaldePatrimonioCulturaldelAtlántico.

Abril03de 2023,alas8:00AM.

8

Convocatoriaasesión delConsejoDepartamental

dePatrimonioCulturaldelAtlántico,paraestudioyconcepto deviabilidadtécnica delosProyectos

Abril04de 2023, alas8:00 AM.

9

SesióndelConsejo DepartamentaldePatrimonio

CulturaldelAtlántico,paraestudioyconceptodeviabilidadtécnicadelos Proyectos.

Abril10de 2023, alas2:00 PM.

10

Publicación del Acta con Evaluación y ConceptoTécnicodelConsejoDepartamentaldePatrimonioCulturaldelAtlánticoenelenlace:

www.atlantico.gov.co/index.php/avisos-de-cultura

Abril12de 2023, alas8:00 AM.

11

Solicitud yrespuestadeajustesalInformedeEvaluaciónTécnica(viabilidad) delosProyectos.

Inicia:Abril 13 de2023,alas 8:00AM

Finaliza:Abril 14de2023,alas6:00PM.

12

Elaboración    y    Registro    de    los                      proyectosviabilizadosenelPlan deInversiónporel

AplicativoSIGdel MinisteriodeCultura.

Abril17de 2023, alas2:00 PM.

13

RemisióndeproyectosalMinisteriodeCulturapara ConceptoFavorable

Abril18de 2023, alas2:00 PM.

ARTÍCULOSEXTO:LapresenteResoluciónrigeapartirdelafechadesupublicación.

DadoenlaciudaddeBarranquillaDistritoEspecial,IndustrialyPortuario,alosnueve(9)díasdelmesde febrero, delañodosmilveintitrés (2023)

 
   

DIANAACOSTAMIRANDA

SecretariadeDespachoSecretaría de Cultura y PatrimonioGobernación delAtlántico

Concepto

NombresyApellidos

Cargo

Fecha

Firma

Proyección

STELLATORRES YELA

ProfesionalEspecializado

07/02/2023

 

Proyección

DIVAS                          JUDITH IGLESIASPOLO

ProfesionalEspecializado

08/02/2023

 

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Anexo1

Anexo 2

Anexo 2.2

Anexo 3

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