AVISO DE CONVOCTORIA
LA SECRETARIA DE CULTURA Y PATRIMONIO DEL DEPARTAMENTO DEL ATLÁNTICO, PÚBLICA AVISO DE CONVOCATORIA CON EL FIN DE EJECUTAR CONVENIO DE ASOCIACIÓN EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 5 DEL DECRETO 092 DE 2017 Y EL DECRETO 509 DE 2017.
El Departamento del Atlántico, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 5 del Decreto 092 de 2017 y al parágrafo del numeral V.II.XIV.II.II del Decreto 509 de 2017 “Por el cual se modifica el manual de contratación del departamento del Atlántico y se adiciona un capítulo”, publica aviso de convocatoria con el fin de suscribir convenio de asociación con entidad privada sin ánimo de lucro para el desarrollo del proyecto denominado: “AUNAR ESFUERZOS PARA CONSERVAR EL INMUEBLE PATRIMONIAL JULIO FLOREZ UBICADO EN LA POBLACION DE USIACURI, ORDENANZA 000030 DE 2003 VIGENCIA 2022”, teniendo en cuenta:
1- Que la Secretaría de Cultura y Patrimonio, ha recibido propuesta por parte de la FUNDACION COPROUS, en adelante LA ESAL, para ejecutar el proyecto cuyo objeto es: CONVENIO DE ASOCIACIÓN PARA AUNAR ESFUERZOS PARA CONSERVAR EL INMUEBLE PATRIMONIAL JULIO FLOREZ UBICADO EN LA POBLACION DE USIACURI, ORDENANZA 000030 DE 2003 VIGENCIA 2022.
2- Que el valor total del proyecto corresponde a la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA PESOS ($458.034.760).
3- Que el presente proyecto se encuentra amparado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 202200473.
4- Que LA ESAL, ha manifestado interés en aportar el treinta por ciento (30%) del valor total del proyecto, es decir la suma de CIENTO TREINA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA PESOS ($139.034.760).
5- Que en cumplimiento del Decreto 092 de 2017 y el Decreto 509 de 2017, se procede a publicar el presente aviso por un término de tres (03) días, a fin de determinar si existen otras entidades interesadas en ejecutar el convenio y aportar por lo menos el 30% del valor del proyecto.
6- Que la información requerida referente a la ejecución del Convenio de asociación se encuentra contenida en los Estudios Previos publicados junto al presente aviso.
7- Que LA ESAL interesada deberá anexar a su manifestación de interés:
a- Certificación bancaria en la que conste que a la fecha cuentan con la totalidad de los recursos ofrecidos, en su cuenta bancaria de la cual debe ser titular ESAL.
b- Autorización del órgano directivo de la ESAL al representante legal para comprometer los recursos para la ejecución del proyecto, si a ello hubiere lugar.
c- Certificación de estar inscrita la ESAL en el SECOP II.
d- Deberá anexarse la constancia de la ejecución, de por lo menos dos (2) contratos o convenios relacionados con el objeto que se pretende celebrar. Para acreditar este requisito deberá anexarse fotocopia del contrato y/o certificación expedida por el contratante en el que conste el cumplimiento en la ejecución del convenio y la correcta ejecución del recurso público.
8- Que las manifestaciones de interés y la documentación solicitada deberán enviarse al correo institucional
9- Que una vez surtidas, las etapas descritas y establecidas en la normatividad vigente para los convenios de asociación, y de no recibirse manifestaciones de interés, el Departamento procederá a solicitar la suscripción del convenio con la FUNDACION COPROUS.
Dado en barranquilla a los doce (12) dias de septiembre de 2022.
Atentamente,
DIANA ACOSTA MIRANDA
Secretaria de Cultura y Patrimonio
Consultar: Aviso
Estudios Previos