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jueves, 09 de septiembre de 2010  

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  Publicaciones » Preguntas y Respuestas » salud
 

  ¿Cuándo pueden ejercer la voluntad de traslado los afiliados al régimen subsidiado?

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Podrá manifestarse en cualquier momento. Después de seis (6) meses de iniciado el respectivo periodo de afiliación y hasta 90 días calendario antes del vencimiento de cada periodo. Es decir, si el periodo inicia el primero de abril de cada año y termina el 31 de marzo del año siguiente, podrá manifestar su voluntad de traslado en cualquier momento durante los meses comprendidos entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de ese año.

 

     Publicado: martes, 04 de noviembre de 2008    

 

 
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todo se puede lograr

Ultima Actualización : Abril 26, 2010.
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